Las Arras o cláusula por incumpliendo es un termino usado en la negociaciones de Propiedad Raíz.
El cual esta estipulado por un valor que se determina en la promesa de compraventa en caso que alguna de las partes(comprador o Vendedor) se quiten de la negociación).
El Agente Inmobiliario no tendrá ningún derecho a reclamar un porcentaje de las Arras en caso que no se efectué la negociación.
El valor de las Arras o Cláusula de incumpliendo debe estar estipulado en un documento privado, en el deben estar determinados todos los términos de la negociación, de igual manera en que momento se pueden hacer efectivas la Arras o no.
Uno del os mejores instrumentos para contemplar el valor de las Arras es dejarlo Anexo a la promesa de compraventa.
Se preguntarán entonces su trabajo inmobiliario donde queda si la negociación se ve truncada. Este factor es muy importante también aclararlo en la promesa de compraventa, en su mayoría se puede estipular el pago de la comisión al agente inmobiliario al instante de firmar la promesa de compraventa.
Haciendo la salvedad que por motivos de fuerza mayor se devolverá la comisión, en caso que algunas de las partes desista del negocio sin justificación, la inmobiliaria no devolverá el pago efectuado.
No lo olvide cada negocio inmobiliario puede tener factores diferentes, lo importante al vender inmuebles es dejar constancia por escrito de todos los aspectos inherente a la negociación.
La foto Vía Stock.xchng



June 18th, 2010
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